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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 2925

Decreto que crea la direccion de aprovisionamiento del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5634 / 8255588.

Texto oficial

Art. 12. El personal de planta y los sueldos serán fijados por decreto del Presidente de la República. Con la aprobación suprema respectiva, el Director podrá contratar además del de planta, el personal necesario para el funcionamiento del servicio.