Saltar al contenido

Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5636 / 7122634.

Texto oficial

Artículo 7.o- Ningún propietario o encargado de vehículos para cuya conducción se requiere de la respectiva licencia, podrá facilitarlo a personas que no la posean. Si la autoridad sorprendiere conduciendo uno de estos vehículos a persona no habilitada, podrá retirar el vehículo de la circulación para entregarlo al propietario o a la persona a quién éste designe, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.