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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5636 · idParte: 7122701

Texto oficial

Artículo 66.o- Los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierras u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construídos en forma que ello no ocurra por causa alguna.