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Artículo 149 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5636 / 7122794.

Texto oficial

Artículo 149.o- El Departamento Municipal del Tránsito respectivo practicará la inspección de los taxímetros en cualquier momento, y en forma obligatoria efectuará un control general en los meses de Enero y Julio de cada año, que se hará constar en la licencia del conductor.