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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 3390

Reglamento para el nombramiento de los funcionarios judiciales y formacion del escalafon.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5638 / 9089620.

Texto oficial

Art. 29. Para proveer en propiedad, o en el carácter de interino o de suplente, el cargo de Relator o de Secretario de la Corte Suprema, este Tribunal propondrá al funcionario que estime más idóneo, dentro de los que figuren en la cuarta categoría del Escalafón Primario, sin que sea necesario abrir concurso o recibir exámenes a los candidatos, salvo que el Tribunal lo acordare.