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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 3390

Reglamento para el nombramiento de los funcionarios judiciales y formacion del escalafon.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5638 / 9089635.

Texto oficial

Art. 44. El presente Reglamento regirá desde el 1.o de Enero de 1928 y, desde esa fecha, quedarán derogadas todas las disposiciones legales que le sean contrarias, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos transitorios.