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Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 4901

Caja de prevision de los carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5645 / 9034919.

Texto oficial

Art. 46. La Contabilidad de la Institución será organizada según las normas y procedimientos que fije la Gerencia de acuerdo con el Consejo; y las anotaciones de los libros deberán necesariamente basarse en la documentación pertinente y reflejar con claridad y rigurosa exactitud la cuenta y razón de entradas y gastos, facilitando en cualquier momento el control respectivo de todas las operaciones.