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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 4926

Decreto Con Fuerza de Ley 4926

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5646 / 9089644.

Texto oficial

Art. 5.o El Consejo Universitario estará formado por: a) El Rector de la Universidad que lo presidirá; b) Los Decanos de las Facultades; c) Un miembro nombrado por el Presidente de la República; y d) Dos representantes, ajenos a la docencia y pertenecientes a las actividades profesionales, elegido por la mayoría absoluta del claustro pleno universitario. En caso de empate, decidirá el voto del Rector de la Universidad.