Saltar al contenido

Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 7500

Reforma educacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5652 / 8255644.

Texto oficial

Art. 41. Los reglamentos establecerán un sistema de calificación y escalafón que permita el nombramiento automático del personal primario y secundario. No obstante, los jefes de departamentos, los directores provinciales y los jefes de establecimientos, tendrán iniciativa para proponer determinadas personas para empleos que, por cualquiera circunstancia, impongan responsabilidades especiales o requieran determinadas aptitudes.