Texto oficial
Artículo 5.- Introdúcense en la ley N° 17.235, que
fijó el texto refundido de la Ley sobre Impuesto
Territorial, las siguientes modificaciones:
1.- En el artículo 26, sustitúyese el mes "Julio" por
"Enero".
La modificación a que se refiere este número tendrá
validez jurídica siempre que, durante el año 1973, no se
aplique lo dispuesto en el artículo 26 de la ley N° 17.235
y que el reajuste que corresponda aplicar a los bienes
raíces no agrícolas a partir de Enero de 1974 se determine
tomando en cuenta la variación experimentada por el costo
de vida durante el año 1973.
2.- En el artículo 43, reemplázase el mes "Septiembre"
por "Noviembre".