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Artículo 3 transitorio del Decreto Ley 54

Otorga al personal que señala asignacion mensual especial que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5707 / 8758060.

Texto oficial

Artículo 3 transitorio.- La primera diferencia que derive de la aplicación de los beneficios imponibles que contemple esta ley se integrará en la respectiva Caja de Previsión, dividida en cuatro cuotas mensuales iguales".