Texto oficial
Art. 36. Los oficiales de guerra y mayores de la Armada, en servicio activo, segun la comision que desempeñen, cualquiera que sea su grado, gozarán mensualmente de la gratificacion de mando embarcado que se indica:
Con mando de Escuadra $ 700
Con mando de división independiente 500
Con mando de flotilla 400
Jefe de Estado Mayor de Escuadra 300
Jefe de Estado Mayor de Division o Flotilla 300
Oficiales superiores de Estado Mayor 150
Oficiales subalternos de Estado mayor 100
Oficiales de guerra y mayores, jefes
de los servicios del Estado Mayor 200
Oficiales de guerra y mayores, ayudantes
de los jefes del servicio del Estado Mayor 100
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BUQUES CLASES
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1.a 2.a 3.a 4.a 5.a
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Con mando de buque 400 300 200 150 100
Segundo comandante 200
Oficial de detall 175 150 125 100
Injeniero con cargo de
máquinas 300 200 150 125
Injeniero oficial de
detall de máquinas 150 125 100 90
Cirujano con cargo de
servicio de buque 800 800 800 800
Dentista con cargo de
servicio de buque 150 125 100 90
Contadores con cargo de
servicio de buque 150 125 100 90