Texto oficial
Art. 64. Los oficiales de guerra y mayores, y los individuos de jente de mar y tropa de artillería de costa de la Armada, que en el desempeño de comisiones del servicio tuvieren que permanecer por mas de veinticuatro hora fuera del lugar de su residencia, sin que se les proporcione habitación ni rancho por cuenta fiscal, gozarán, mientras dure su comisión, de los siguientes viáticos diarios:
Oficiales jenerales $ 50.00
Oficiales superiores 35.00
Oficiales subalternos y oficiales de mar 25.00
Sub-oficiales y sarjentos 8.00
Cabos y marineros 5.00