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Artículo 1 del Decreto Ley 59

Declara bien percibidas las sumas que indica por las personas que señala e incluye al personal que menciona en dicho beneficio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5710 / 7123211.

Texto oficial

Artículo 1°- Declárase bien percibidas las sumas que hubieren sido pagadas al personal a contrata dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, afecto al régimen de remuneraciones del DFL. N° 40, de 1959, y sus modificaciones posteriores, por concepto de la aplicación del Artículo 19 de la ley N° 17.654, entre el 1° de Enero de 1972 y el 31 de Enero de 1973.