Texto oficial
Artículo 8°- En el inciso tercero del artículo 86 de la ley N° 17.105, sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, sustitúyese el guarismo "25%" por "27%".
Esta modificación regirá a contar del 1° de Noviembre de 1973.
Fija disposiciones para el pago de las deudas morosas que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5748 / 7123287.