Texto oficial
Artículo 19º.- Las bonificaciones se pagarán en las
siguientes fechas:
En la semana del 5 al 10 de Noviembre, una de las
bonificaciones del artículo 11º.
En la semana del 3 al 8 de Diciembre; la bonificación
del artículo 12º.
Entre los días 26 y 29 de Diciembre, la segunda de las
bonificaciones del artículo 11º.