Texto oficial
Artículo 44º.- El mayor gasto de cargo fiscal que
represente la aplicación de este decreto ley, se hará con
cargo a los ingresos determinados por las normas tributarias
del decreto ley Nº 95, de 20 de Octubre de 1973.
Concede bonificaciones que indica a los personales de;los sectores publico y privado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5751 / 8950067.