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Artículo 2 del Decreto Ley 111

Decreto Ley 111

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5767 / 5871711.

Texto oficial

Art. 2.o Destínase la suma de $ 900,000 a que alcanzan las reducciones del artículo anterior, a incrementar los fondos de los siguientes ítem del Presupuesto del Ministerio del Interior, en la forma que se espresa a continuacion: "Item 4394, que destina la suma de $ 698,000 al mejoramiento de diversos servicios de agua potable, a la prosecucion de trabajos iniciados y a la ejecucion de nuevos, se aumenta en $ 600,000, debiendo invertirse esta cantidad en las siguientes obras de agua potable e inspeccion técnica de las mismas: Serena y Coquimbo______________________ $ 260,000 Calle Larga, Rinconada y Curimon_______ 115,000 Peumo__________________________________ 65,000 Talcahuano_____________________________ 35,000 Lautaro________________________________ 17,000 Puerto Montt___________________________ 108,000 _________ Total________________ $ 600,000 "Item 4396, que consulta la suma de $ 250,000 para adquisicion de cañerías de agua potable y gastos de desembarque y transporte de las mismas, se aumenta en_____________________________________ $ 300,000 _________ Total de los aumentos________ $ 900,000