Texto oficial
Art. 5.o Las facultades y funciones especiales correspondientes a los cargos que ocuparán dentro de la Empresa cada uno de los miembros del Consejo, como asimismo la reglamentación a que deberá sujetarse el resto del personal, serán fijados por el mismo Consejo.
La orientación política y social de los diarios que edite la Empresa, la darán el Presidente del Consejo y el Director.