Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Ley 133

Declara disuelta y nombra liquidador de los bienes de la central unica de trabajadores de chile (cut) cuya personalidad juridica le fuera cancelada por decreto ley n° 12, de 17 de septiembre de 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5796 · idParte: 5871812

Texto oficial

Artículo 3°- El destino de los bienes de la referida organización se señalará mediante decreto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a propuesta del liquidador nombrado.