Texto oficial
Artículo 4.o Deróganse todas las disposiciones legales anteriores que sean contrarias al presente decreto-ley y, en especial, los artículos 11, 36, 37 y 44 de la Ley Orgánica de la Caja de Crédito Minero, refundida en un solo texto por decreto número 5,617, de fecha 27 de Diciembre de 1928, del Ministerio de Hacienda.