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Artículo 13 del Decreto Ley 155

Decreto Ley 155

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5816 / 9077452.

Texto oficial

Art. 13. La dotacion de guardianes y demas empleados a contrata del Cuerpo de Policía será fijada anualmente en la Lei de Presupuestos, a propuesta de la Direccion Jeneral y oidos los jefes de zona.