Texto oficial
Art. 13. La dotacion de guardianes y demas empleados a contrata del Cuerpo de Policía será fijada anualmente en la Lei de Presupuestos, a propuesta de la Direccion Jeneral y oidos los jefes de zona.
Decreto Ley 155
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5816 / 9077452.