Texto oficial
Art. 30. Se autoriza al Presidente de la República para jirar contra la Tesorería Fiscal hasta por la suma de veinte mil pesos para los gastos de instalacion de la Direccion Jeneral y Oficinas de su dependencia.
Decreto Ley 155
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5816 / 9077473.