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Artículo 24 del Decreto Ley 155

Suplemento al presupuesto 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5818 / 9035126.

Texto oficial

Artículo 24°- Declárase que a los personales del Instituto Nacional de Hidráulica, de la Empresa de Agua Potable de Santiago y de la Empresa de Agua Potable de "El Canelo" les corresponde el beneficio que otorga el artículo 1° del D.L. 121, de 12 de Noviembre de 1973. Por decreto supremo se fijará la asimilación de sus escalas de remuneraciones a las que se contienen en dicho artículo, para los efectos de determinar la bonificación que corresponde a cada trabajador.