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Artículo 25 del Decreto Ley 155

Suplemento al presupuesto 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5818 / 9035127.

Texto oficial

Artículo 25°- Autorízase a los Jefes de los Servicios Públicos para postergar hasta 1974, por razones de buen servicio, el feriado del personal de su dependencia, sin sujeción a las limitaciones del DFL. 338, de 1960.