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Artículo 27 del Decreto Ley 155

Suplemento al presupuesto 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5818 · idParte: 9035129

Texto oficial

Artículo 27 .- Declárase que lo establecido en el artículo 63° del DFL 47°, de 1959, es y ha sido aplicable a todos los aportes fiscales a cualquier entidad funcional o territorialmente descentralizada, aun cuando no corresponda aplicar a alguna de ellas las demás normas de dicho DFL.