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Artículo 1 del Decreto Ley 188

Decreto Ley 188

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5848 · idParte: 8928863

Texto oficial

Art. 1.o Las disposiciones de la presente lei, regularán las relaciones entre patrones y empleados, cualquiera que sea el empleo o su importancia dentro del respectivo establecimiento. Los empleados que no pertenezcan a establecimientos comerciales ni industriales participarán de los derechos y beneficios que establece esta lei, en lo que fueren compatibles con la naturaleza de las instituciones en que presten sus servicios.