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Artículo 5 del Decreto Ley 190

Designa con el nombre de diego portales el complejo urbanistico que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5850 · idParte: 9035161

Texto oficial

ARTICULO 5° Derógase el inciso 2° del artículo 25° de la ley 17.457, de 23 de julio de 1971, y su reglamento, fijado por decreto supremo 43, de Educación, de 11 de enero de 1973, publicado en el Diario Oficial de 7 de marzo del mismo año.