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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 198

Decreto Ley 198

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5856 / 7123484.

Texto oficial

Artículo transitorio. El nombramiento del personal indicado en el artículo 8.o se hará directamente por el Gobierno y solo en las vacantes que ocurran en lo sucesivo, se aplicará lo dispuesto en el número 4 del artículo 5.o sobre designacion de empleados. Entre tanto el actual personal de las Inspecciones de Colonizacion e Inmigracion y de Bosques, Pesca y Caza, quedará en el carácter de interino.