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Artículo 2 del Decreto Ley 203

Composicion consejo caja seguro obrero

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5860 · idParte: 7123497

Texto oficial

Art. 2.o Los representantes de los asegurados tendrán derecho a una remuneración de $ 25, por cada sesión a que asistan.