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Artículo 1 del Decreto Ley 212

Crea comision nacional de la reforma administrativa

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5874 / 8989226.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa, cuyas atribuciones y deberes serán los siguientes: a) Estudiar y proponer las modalidades necesarias a la legislación y reglamentación administrativa; b) Estudiar y proponer modificaciones estructurales generales de la Administración del Estado o modificaciones orgánicas de determinados Ministerios, Servicios Públicos centralizados o descentralizados o de las Municipalidades, pudiendo señalar las pautas técnicas a las cuales deberá ceñirse la estructura interna de cada una de aquellas instituciones; c) Revisar los proyectos o proposiciones que formule cualquier organismo público o privado en cuanto afecte a los sistemas administrativos o las funciones y estructuras de los Servicios del Estado, con el objeto de velar por el efectivo cumplimiento de las bases generales de la Reforma Administrativa; d) Velar por el cumplimiento de las instrucciones y pautas técnicas que se impartan en ejercicio de sus facultades; e) Canalizar en un solo plan común las experiencias, conocimientos e iniciativas que existen en el país en materia de Reforma Administrativa, sea que ellas deriven de instituciones públicas o privadas o de expertos; f) Planificar, coordinar e impulsar la aplicación de programas específicos de acción y difundir su contenido incentivando a los encargados de su ejecución inmediata; g) Controlar el avance de la puesta en práctica de estos programas; h) Recomendar oportuna y fundadamente a la Junta de Gobierno las decisiones que deben tomarse a este nivel para el éxito de los programas de reforma administrativa que se pongan en marcha; i) Dar cuenta periódicamente a la Junta de Gobierno del avance de los Programas de Reforma Administrativa, y j) Estudiar y proponer medidas tendientes a hacer efectiva una adecuada regionalización administrativa del país.