Saltar al contenido

Artículo 7 del Decreto Ley 216

Deroga los incisos que indica del articulo 20 de la ley n° 13.039 y sus modificaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5877 · idParte: 9019612

Texto oficial

Artículo 7°- Derógase el antepenúltimo inciso del artículo 35° de la ley N° 13.039 y sus modificaciones y reemplázase por el siguiente: Para los efectos de la aplicación de estas franquicias, se estará a lo dispuesto en los artículos 147 y 155 de la Ordenanza de Aduanas. El traslado de las especies se efectuará mediante solicitud simple, sin sujeción a lo dispuesto en los artículos 160 y 234 del citado cuerpo legal, debiendo consignarse en ella por el Vista, el aforo del vehículo y sólo el valor aduanero en pesos oro del resto de las especies.