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Artículo 2 del Decreto Ley 217

Prorroga plazo de vigencia del articulo n° 25 de la ley 13.039 y titulos i y ii de la ley n° 12.937

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5878 / 7123617.

Texto oficial

Artículo 2°.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10° de la ley N° 16.894, modificado por el artículo 20° de la ley N° 17.314, decláranse prorrogados los regímenes especiales de exportación, importación y fomento a que se refieren los Títulos I y II de la ley N° 12.937, hasta el 1° de Enero de 1976.