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Artículo 3 del Decreto Ley 233

Presupuesto de la nacion para el año 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5890 / 9056724.

Texto oficial

Artículo 3.- Por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, se deberá incorporar en la Ley de Presupuestos del año 1974 los gastos aprobados por disposiciones legales publicadas en el Diario Oficial en años anteriores.