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Artículo 16 del Decreto Ley 233

Presupuesto de la nacion para el año 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5890 / 9056737.

Texto oficial

Artículo 16.- Exímese a los Servicios Fiscales y al Servicio Nacional de Salud del impuesto que grava los registros de importación, establecidos en el inciso 8° del N° 14 del artículo 1° de la ley N° 16.272.