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Artículo 17 del Decreto Ley 233

Presupuesto de la nacion para el año 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5890 / 9056738.

Texto oficial

Artículo 17.- Sin perjuicio de las facultades que su ley orgánica otorga a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, prorrógase la vigencia del artículo 26° del Decreto Ley N° 155, de 1973.