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Artículo 22 del Decreto Ley 233

Presupuesto de la nacion para el año 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5890 · idParte: 9056743

Texto oficial

Artículo 22.- Suspéndese durante 180 días la aplicación de los artículos 1° y 3° del DL. N° 200, de 1973, respecto de las Empresas, Sociedades o Instituciones del Estado, Municipalidades y Sociedades o Instituciones Municipales.