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Artículo 5 del Decreto Ley 247

Concede personalidad jurídica línea aérea nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5901 / 8825683.

Texto oficial

Art. 5.o Son atribuciones del Consejo: 1.o Acordar con la anticipación debida el plan general de trabajo de cada año. 2.o Aprobar el proyecto de adquisiciones que sea necesario y el presupuesto anual que deberá someter a la aprobación del Presidente de la República. 3.o Autorizar la celebración del contrato cuyo valor exceda de $ 10.000. 4.o Pronunciarse sobre las cuentas que rinda el director de la Línea Aérea Nacional en lo que se refiere a la explotación comercial. 5.o Aprobar las tarifas a que deberá ajustarse el transporte de la Línea Aérea Nacional. 6.o Acordar la compra, venta o arrendamiento de bienes raíces y del material necesario para la explotación. Para acordar la compra, venta o arrendamiento de los bienes raíces será necesario el acuerdo de cuatro de los miembros del Consejo. 7.o Dar en garantía los bienes de la Línea Aérea Nacional en caso que las necesidades comerciales así lo exigieran. Para constituir estas garantías deberá existir, por lo menos, el acuerdo de cuatro de los miembros del Consejo. 8.o Publicar en el mes de Enero de cada año, una memoria y un balance comercial de las operaciones verificadas, calculando un castigo prudente sobre el valor de las maquinarias e instalaciones. Semestralmente, en Enero y Julio presentará un balance a la Contraloría General de la República. Este balance se publicará en el Diario Oficial. 9.o Contratar trabajos o servicios con otras reparticiones. 10. Conceder gratificaciones al personal cuyos sueldos estén fijados por la Ley de Presupuestos. 11. Destinar la cuota que corresponda de las utilidades líquidas conforme a las leyes vigentes en beneficio del personal de la Línea. 12. Aceptar las donaciones de bienes raíces o muebles que se hagan a la Línea Aérea Nacional para el desarrollo de su servicio. 13.o Llevar al día el Libro de Actas con las firmas de los consejeros.