Texto oficial
Artículo 3°- Mientras se dicta el Reglamento de
delegación de funciones, el Director General podrá delegar
sus atribuciones con visto bueno del Ministro, de acuerdo
con las normas de la ley N° 15.840 y demás disposiciones
que la complementan, en funcionarios de su dependencia que
se desempeñan en la Dirección General de Metro.