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Artículo 3 del Decreto Ley 258

Deroga decreto con fuerza de ley n° 2,960 bis, de 30 de diciembre de 1927, y toda otra disposicion contraria al presente decreto-ley.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5913 · idParte: 8807536

Texto oficial

Art. 3.o El Contralor General será nombrado por el Presidente de la República. Los demás empleados de la Contraloría serán nombrados por el Contralor General. Los nombramientos y ascensos del personal de la Contraloría se harán en conformidad a las disposiciones que contengan el Reglamento, debiendo recaer los ascensos en empleados de la misma oficina.