Texto oficial
Artículo 5°- La dirección y administración superior
de Radio Nacional de Chile corresponderá a un Consejo de
cinco miembros, compuesto por el Director de la División de
Comunicación Social de la Subsecretaría General de
Gobierno, que lo presidirá, y por un miembro de cada una de
las ramas de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile,
designados por las respectivas instituciones. El Consejo
podrá delegar una o más de sus atribuciones.