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Artículo 5 del Decreto Ley 258

Crea persona juridica de derecho publico denominada radio nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5914 / 8809065.

Texto oficial

Artículo 5°- La dirección y administración superior de Radio Nacional de Chile corresponderá a un Consejo de cinco miembros, compuesto por el Director de la División de Comunicación Social de la Subsecretaría General de Gobierno, que lo presidirá, y por un miembro de cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, designados por las respectivas instituciones. El Consejo podrá delegar una o más de sus atribuciones.