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Artículo 6 del Decreto Ley 258

Crea persona juridica de derecho publico denominada radio nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5914 / 8809066.

Texto oficial

Artículo 6°- Habrá un Director, nombrado por el Consejo, que será la autoridad ejecutiva superior de la Radio. Tendrá la representación judicial y extrajudicial de la persona jurídica que se crea por este decreto ley y las demás funciones y atribuciones que señale el Reglamento.