Texto oficial
Artículo 14°- En los casos de remuneraciones a trato,
las disposiciones de este decreto ley se aplicarán sobre el
valor unitario del trato, pieza, obra o medida.
Establece normas para la determinacion de las remuneraciones del sector privado a partir de enero de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5929 / 8989316.