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Artículo 1 del Decreto Ley 279

Decreto-lei n° 279, que organiza la administración y esplotacion del puerto de valparaiso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5932 · idParte: 8989341

Texto oficial

Art.1°. La administracion y esplotacion del puerto de Valparaiso estará a cargo de una Junta Local, compuesta del siguiente personal: a) El gobernador marítimo, que la presidirá; b) El administrador del puerto; c) El administrador de la Aduana de Valparaiso; d) El administrador de la I Zona de los Ferrocarriles del Estado; e) Un delegado de las Cámaras de Comercio nacionales y un delegado de las estranjeras. f) Un delegado de las Compañías de Navegacion; y g) Un delegado de los ajentes de embarques y un delegado de los jornaleros ocupados en los servicios de movilizacion del puerto.