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Artículo 13 del Decreto Ley 279

Decreto-lei n° 279, que organiza la administración y esplotacion del puerto de valparaiso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5932 · idParte: 8989353

Texto oficial

Art.13. Son empleados públicos de carácter permanente no incluidos en la disposicion del artículo 3° de la lei jeneral de jubilacion, de 20 de agosto de 1857, las personas que presten sus servicios, a cualquier título, bajo la dependencia de la administracion del puerto de Valparaiso.