Texto oficial
Reclutamiento y ascensos {ARTS. 8-17}
Art. 8.o El personal de sub-tenientes de Carabineros se reclutará esclusivamente, con los alumnos aspirantes a oficiales de la Escuela de Carabineros que hayan terminado satisfactoriamente sus estudios en la forma que establezca el reglamento respectivo. Para poder ascender a sub-teniente, los aspirantes a oficiales deberán permanecer, como mínimum, un año en la Escuela de Carabineros y seis meses en Escuadrones de destacamentos.
Los sarjentos 1.os y vice-sarjentos 1.os del Ejército y de Carabineros podrán ser nombrados alumnos del curso de aspirantes a oficiales, siempre que reunan los requisitos que establezca el reglamento correspondiente y conservando su empleo, sueldo y prerrogativas. Para poder ascender a sub-teniente deberán permanecer, como mínimum, durante seis meses en el curso de aspirante a oficiales.