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Artículo 9 del Decreto Ley 283

Decreto Ley 283

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5935 · idParte: 8825713

Texto oficial

Art. 9.o Las plazas de alféreces de Carabineros se llenarán, esclusivamente, con sarjentos primeros de Carabineros que reunan los requisitos que establezca el reglamento respectivo. Desempeñarán las funciones de oficiales, pero, para los efectos de su retiro y prerrogativas, se considerarán como individuos de tropa.