Texto oficial
Art. 24. Los oficiales del Cuerpo de Carabineros que desempeñen clases en la Escuela de Carabineros y sirvan a la vez las funciones de su empleo militar, gozarán de una gratificacion anual de $ 350 por cada hora de clase semanal.
Decreto Ley 283
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5935 / 8825728.