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Artículo 3 transitorio del Decreto Ley 283

Decreto Ley 283

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5935 · idParte: 8825762

Texto oficial

Art. 3.o La disposicion del artículo 38 no rejirá para los jefes y oficiales del Cuerpo de Carabineros que actualmente por decreto de la Comandancia Jeneral, desempeñen ad-honorem un grado superior al que les corresponde efectivamente, salvo que la edad que tengan les obligue a retirarse en el grado que ocupen ad-honorem.