Texto oficial
Artículo 10°.- Reemplázase el texto de la letra e) del artículo 10° de la ley número 12.120, por el siguiente:
"e) 22% sobre el valor de transferencia de todo tipo de aceites y grasas minerales, sean ellos naturales o sintéticos, que se calculará sobre el precio de venta de las empresas distribuidoras."